Con el cierre del primer semestre del año, llega un momento importante para los empleadores de personal de casas particulares: la liquidación de la primera cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC), comúnmente conocido como aguinaldo. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha proporcionado información clave sobre cómo se lleva a cabo este cálculo, que varía según si la trabajadora completó o no los seis meses del semestre.
La fecha límite para abonar este pago es el 30 de junio. Conocer la fórmula con anticipación es esencial para que los empleadores puedan planificar sus gastos y evitar errores en la liquidación.
El Sueldo Anual Complementario es un derecho de todas las trabajadoras de casas particulares registradas bajo el régimen vigente. Este no se abona en un único pago anual, sino que se distribuye en dos cuotas: la primera en junio y la segunda en diciembre.
Cada cuota representa, en términos generales, el 50% del mejor sueldo bruto cobrado durante el semestre. A diferencia de lo que muchos creen, no se toma el promedio de todos los meses trabajados, sino el ingreso más alto del período.
Para las trabajadoras que prestaron servicios durante los seis meses del semestre —en este caso, de enero a junio—, el cálculo es directo. Se identifica el mejor sueldo bruto cobrado y se divide entre dos. El resultado será el monto del aguinaldo.
Por ejemplo, si el salario más alto del semestre fue de $488.326,19 —que es el mínimo mensual para tareas generales con retiro vigente en junio—, el aguinaldo correspondiente sería de 244.163,09 pesos.
El mismo criterio se aplica para trabajadoras por hora o jornada: se toma el mes en el que percibieron la mayor remuneración y se calcula el 50% de ese valor.
En caso de que la relación laboral haya comenzado después del 1° de enero o si la trabajadora prestó sus servicios por menos de seis meses en el semestre, el aguinaldo no se paga en su totalidad. En estos casos, se calcula de forma proporcional al tiempo trabajado.
El procedimiento consiste en dividir el mejor sueldo bruto por 12 y multiplicar ese resultado por los meses efectivamente trabajados en el semestre, según explica ARCA.
Por ejemplo, si una trabajadora estuvo al servicio durante cuatro de los seis meses retribuidos y su mejor sueldo fue de $488.326,19, el cálculo exacto sería: $488.326,19 dividido por 12, resultando en $40.693,85; multiplicado por cuatro mes, lo que da un total de 162.775,40 pesos como aguinaldo.
Otra forma de verlo es que aquella que trabajó cuatro de los seis meses del semestre tiene derecho al 66,67% del 50% de su mejor sueldo; esto genera el mismo resultado calculado anteriormente.
Los valores salariales vigentes son el resultado de la actualización definida por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, que estableció incrementos escalonados con vigencia entre abril y julio de 2026.
Para las tareas generales, el salario mínimo mensual se sitúa en $441.729,02 para personal con retiro y en $488.326,19 para aquellos sin retiro. En el caso de asistencia y cuidado de personas, los mínimos ascienden a $488.326,19 con retiro y $541.255,35 sin retiro.
Las tareas específicas tienen un piso de $499.868,28 con retiro y $553.536,65 sin retiro. Los supervisores, que están en la categoría más alta, reciben como mínimo $536.080,78 con retiro y $594.214,11 sin retiro. Por otra parte, los caseros tienen un salario mensual mínimo de $488.326,19.
Estos montos operan como el salario mínimo legal. En la práctica, muchos empleadores abonan salarios superiores a estos mínimos, teniendo en cuenta la antigüedad, la carga horaria o acuerdos particulares con la trabajadora. En esos casos, el aguinaldo se calcula sobre el sueldo real percibido y no sobre el mínimo oficial.
Si tienes dudas sobre categorías, escalas salariales o cómo liquidar correctamente, ARCA ofrece una sección dedicada en su sitio web oficial para aclarar consultas sobre el régimen de casas particulares.


