Denuncia de Acoso y Hostigamiento: Un Llamado a la Acción
Una reciente denuncia ha sacudido la comunidad de Cinco Saltos, donde una adolescente de 17 años decidió enfrentar el acoso de un ex compañero de trabajo, mucho mayor que ella. La joven acudió sola, sin la compañía de un adulto, a la Comisaría de la Familia el pasado lunes 20 de abril para hacer efectiva su denuncia, lo que evidencia el valor y la determinación que mostró ante una situación tan delicada.
Marco Legal de Protección
La causa fue elevada al Juzgado de Paz local, encuadrándose en un caso de “violencia familiar y de género”. Esta clasificación se basa en las disposiciones de la Ley Nacional 26.485, que regula la protección integral a las mujeres, y de la Ley Provincial 4650, cuyo objetivo es prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en sus relaciones interpersonales.
Relato de la Adolescente
La menor relató que su acosador, identificado como GM, con quien había compartido un entorno laboral, continuó persiguiéndola con la intención de entablar una relación sentimental, incluso tras haber dejado de trabajar juntos. Según sus declaraciones, el hombre se presentó inesperadamente en la casa de su madre, lo que finalmente la llevó a formalizar la denuncia.
La Naturaleza del Acoso
La joven enfatizó que había intentado reiteradamente pedirle a GM que no se acercara más a ella. Él había intentado convencerla de que podría ofrecerle una “buena vida” y que deseaba trasladarla a vivir a Neuquén, a pesar de su situación actual, siendo un hombre de 50 años y casado.
La Intervención del Juzgado de Paz
El juez de Paz, Enzo Espejo, tomó medidas inmediatas para proteger a la adolescente tras conocer los detalles de la denuncia. La legislación permite al juez intervenir en estos casos, incluso si no existe un vínculo familiar entre la víctima y el agresor. El magistrado destacó la gravedad de las manifestaciones de la denunciante y la importancia de actuar con celeridad, considerando su juventud.
Medidas de Protección Implementadas
Dentro de su resolución, el juez ordenó a GM cesar cualquier acto de acoso, hostigamiento o persecución, estableciendo una prohibición de acercamiento a la menor. Esta prohibición se extiende a su residencia familiar y se ha distanciado a una distancia mínima de 200 metros. Además, se incluye la prohibición de contacto a través de medios como redes sociales o mensajes de texto.
Intervención de Servicios de Protección
El juez también instó a la intervención urgente de la Secretaría de Estado de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF), así como de la Defensoría de Menores, para evaluar la posible situación de riesgo que podría estar afectando a la adolescente. Ambos entes tendrán un papel crucial en la vigilancia y el apoyo a la menor durante este proceso.
Atención Psiquiátrica y Seguimiento
Se recomendó que tanto la adolescente como el acusado reciban asistencia médica o psicológica. Se sugirió que la joven acudiera al área de Salud Mental del hospital de Cinco Saltos, con el fin de garantizar su bienestar emocional mientras avanza el procedimiento judicial.
Consecuencias Legales
El juez dejó claro que las medidas implementadas tendrán vigencia por un período de 60 días. Además, advirtió a GM que el incumplimiento de estas órdenes sería considerado un delito de desobediencia a una orden judicial, involucrando al Ministerio Público Fiscal.
Reflexiones sobre la Situación
Este caso no solo resalta la importancia de dar voz a las víctimas de acoso, sino que también enfatiza la necesidad de un sistema legal sólido que apoye y proteja a quienes se encuentran en situaciones vulnerables. La valentía de la joven al denunciar su situación es un recordatorio de que no se debe tolerar el acoso y que siempre hay recursos disponibles para buscar justicia.


